Al Servicio de Todo el Estado de California ¿Lesionado? No Cobramos a Menos que Ganemos (818) 945-0900 ENES
Lesiones Personales

Accidentes por división de carril en California: la culpa y sus derechos

California es el único estado donde la división de carriles es totalmente legal. Las aseguradoras saben que la mayoría de los pasajeros no conocen los detalles y los utilizan.

California es el único estado donde dividir el carril (conducir una motocicleta entre carriles de tráfico) es completamente legal. El Proyecto de Ley 51 de la Asamblea lo escribió en Sección 21658.1 del Código de vehículos en 2017. Los ajustadores de seguros lo saben. También conocen a la mayoría de los participantes y jurados. no, y las reclamaciones por accidentes en los que se divide el carril se infravaloran habitualmente debido a ello.

Lo que realmente dice la ley

La sección 21658.1 define la división de carril como conducir una motocicleta de dos ruedas entre filas de vehículos detenidos o en movimiento en el mismo carril, y lo hace legal. El CHP publica directrices de seguridad (las diferencias de velocidad más bajas son más seguras, dividirse entre los carriles del extremo izquierdo es generalmente más seguro que los carriles derechos), pero esas directrices no son ley, y violar una directriz no es automáticamente negligencia.

Cómo atacan las aseguradoras estas reclamaciones

  • "Dividir carriles es imprudente" — un argumento de un acto jurídico. Lo que importa es si el ciclista se separó. reasonably: diferencial de velocidad, velocidad del tráfico y condiciones.
  • Inflación de culpa comparativa — La negligencia comparativa pura de California reduce la recuperación según su porcentaje de culpa; nunca impide el reclamo. Los ajustadores abren con cifras de culpabilidad de los pasajeros muy por encima de lo que respaldan los hechos. Leer cómo funciona realmente la negligencia comparativa.
  • Sesgo del jurado por poder – Las ofertas de acuerdo se valoran bajo el supuesto de que a los jurados no les gustan las cláusulas adicionales. Las pruebas exhaustivas de responsabilidad superan esa suposición.

La verdadera pregunta sobre la culpa: el movimiento del conductor

El choque más común con cambio de carril es cuando un conductor cambia de carril sin hacer señales ni revisar los espejos (a menudo específicamente para saltar a un espacio) directamente en el camino del ciclista. Un cambio de carril inseguro (sección 22107 del Código de Vehículos) recae sobre el conductor. Evidencia que decide estos casos: imágenes de la cámara del tablero y de la cámara del casco, posiciones de carril en el informe policial, geometría del daño (puntos de contacto lateral versus puntos de contacto frontal) y relatos de testigos sobre el uso de las señales por parte del conductor.

Si te golpearon mientras te separabas

  • Obtenga el seguro del conductor y cada contacto con testigos: los pasajeros pierden testigos rápidamente una vez que el tráfico comienza a moverse.
  • Conserve las imágenes de la cámara del casco o de la cámara del tablero de inmediato; los bucles se sobrescriben.
  • Recibir tratamiento por lesiones el mismo día. Las lesiones de motocicleta son sistemáticamente peores de lo que se sienten al principio.
  • No hable sobre su velocidad con la aseguradora del otro conductor antes de recibir asesoramiento. El diferencial de velocidad es toda la lucha por la culpa comparativa.

¿Choque que divide el carril? Conocemos la Sección 21658.1.

Llamar (818) 945-0900 o contáctanos. Rechazamos la culpa del ciclista con el estatuto, las pautas del CHP y la evidencia física. Sin cargo a menos que nos recuperemos.

Relacionado: Abogado de accidentes de moto · Tácticas de seguros · Cobertura UM/UIM

Descargo de responsabilidad: La culpa en los accidentes con cambio de carril es específica de los hechos. Esta página es información general, no una evaluación de su accidente.

¿Herido? Obtenga una evaluación gratuita de su caso hoy

Hable directamente con un abogado sobre su caso. No hay ningún costo ni obligación, y usted no paga nada a menos que ganemos.

Llame al (818) 945-0900 Solicitar una Consulta